martes, 9 de abril de 2013
Presentación del grupo profesional "Comunidad de Ópticos - Optometristas"
Presentación del grupo "Comunidad de ópticos - optometristas"
Últimamente ha habido muchas incorporaciones a esta página, por esa razón me gustaría presentaros e invitaros al grupo privado que gestiono.
Enlace:
https://www.facebook.com/groups/243516999006515/
Objetivos:
El grupo tiene básicamente el mismo objetivo que esta página: ayudar a que las ópticas familiares sean más competitivas, pero con algunas ventajas sobre esta página:
- Es privado, lo que significa que sólo las personas que pertenecemos al mismo vemos lo que se publica, así podemos discutir cualquier tema con total libertad.
- Es un grupo de trabajo, con lo cual se proponen y desarrollan diferentes actividades y compras agrupadas en las que participan, sin compromisos, sólo las personas a las que les interesa.
- Es un espacio profesional con ya casi 800 miembros en los que también podéis solicitar cosas como contactos de proveedores, precios, una gafa que necesitéis o para pedir consejo sobre algún caso complicado que se os haya presentado.
Cualquier persona que sea óptico - optometrista o trabaje de manera profesional en el sector de la óptica, está invitado a unirse.
Sólo tienes que pulsar el enlace y solicitar el acceso desde el mismo grupo.
viernes, 5 de abril de 2013
Google Reader cierra, te propongo una alternativa
Esto es el resumen personal y adaptado del post
cuyo enlace aparece al pie de esta entrada.
Google Reader, el servicio de Google con el que
podemos leer noticias en RSS ha anunciado que el próximo 1 de Julio del 2013 cerrará sus puertas por
falta de usuarios y problemas de privacidad, por lo que cesará
su actividad.
¿Qué debemos hacer si utilizamos Google Reader?
Haz click en la opción de “Seleccionar servicios” y selecciona
Google Reader como ves en la imagen a continuación:
Una vez descargado el archivo con las
suscripciones de Google Reader, podremos utilizarlo para importarlas a
cualquier otro lector de feeds.
¿Qué alternativa he elegido para sustituir a
Google Reader?
Feedly
Feedly es
probablemente la alternativa más completa a Google Reader puesto que la que
podemos utilizar tanto desde un ordenador como desde un dispositivo móvil de
Apple o Android. Feedly se ha encargado de que el cambio sea lo más suave
posible y nos permite acceder con nuestro usuario de Google Reader, de modo que
al conectarnos ya tenemos todas las suscripciones disponibles sin necesidad de
hacer nada más.
Para acceder desde
un ordenador, tenemos que instalar una extensión de Google Chrome que añade una
nueva pestaña con la aplicación a nuestro navegador.
Puedes instalarla
desde aquí: Feedly para Google Chrome.
Cuando
tengas Feedly instalado suscribirte a nuevos blogs es muy sencillo. Te explico
cómo puedes añadir mi blog para no perderte nuevas actualizaciones:
1. Haz click en “+ Add content“. Está en la parte
superior izquierda de la pantalla.
3. Pulsa el "+" que verás a la derecha de ASESVISION, sigue las instrucciones y tendrás mi blog añadido a Feedly
Siguiendo estos sencillos pasos tendrás
agregado mi blog, y puedes repetir el proceso para agregar cuantos blogs
consideres necesarios.
Fuente y una alternativa más sólo válida para
dispositivos móviles:
miércoles, 3 de abril de 2013
Cómo montar un sistema de vídeo y foto económico en tu lámpara de hendidura/ biomicroscopio
Como
ya sabéis, gestiono un grupo en facebook
con el objetivo de ayudar a que las ópticas familiares sean más
competitivas, para ello compartimos experiencias del día a día en la óptica,
planificamos acciones de marketing y compras de manera conjunta.
Pues
bien, una de las últimas cosas que estamos haciendo es la compra conjunta de un
adaptador (parecido al de la foto de más arriba) que sirve para acoplar
cualquier cámara digital compacta en uno de los oculares de la lámpara de
hendidura/ biomicroscopio.
De
este modo, directamente obtenemos un sistema fotográfico y de vídeo para hacer
seguimiento y derivación de los casos y, con los cables apropiados, y un
monitor, también podemos montar un sistema para mostrar el caso a los
acompañantes del paciente.
Me
gustaría que cualquier lector de Asesvision pudiese aprovecharse de la compra
conjunta que estamos haciendo, pues creo que es una buena oportunidad hacer
estas mejoras en nuestro gabinete, ya que el adaptador cuesta algo más de 30€
todo incluido*, así que, si estás interesado o tienes cualquier pregunta,
puedes escribirme a fernando.ruiz@gestores.com
* El
precio está entre 36 y 40€ IVA y gastos de envío incluidos, válido para península. Otros destinos por favor consultar. El precio varía porque se hace por compra conjunta, y dependiendo del número de compradores puede subir o bajar un poco.
domingo, 17 de febrero de 2013
Tu óptica y la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal (LOPD) – Mitos, Verdades y Mentiras
A raíz de una larga conversación que hemos mantenido sobre la LOPD en el grupo de Facebook que tengo el honor de gestionar (Comunidad de ópticos
optometristas),
he visto la necesidad para muchos compañeros de conocer un poco mejor la Ley , además, despejar algunos
mitos, verdades y mentiras que pueden abocarnos a hacer las cosas mal y a tener
grandes disgustos en caso de que la
Agencia de Protección de Datos nos haga una inspección.
La mejor forma que se me ha ocurrido para hablar de
este asunto tan importante es mediante comentarios y reflexiones de los propios
compañeros, así como las aclaraciones que creo que hay que hacer sobre estos
comentarios. He seleccionado los que creo pueden servir de más ayuda y también
los que más se discutieron.
"Yo
mismo dí de alta mis ficheros ante la AEPD.
Sólo hace falta eso para cumplir"
FALSO.
Ese es un requisito más, pero no es ni mucho menos
el más importante. Lo más importante es poder asegurar que tratamos los datos
de carácter personal con el debido celo y seguridad, basándonos en los tres
principios que tiene la LOPD :
1) Calidad de los datos, 2) Información en la toma de datos y 3)
Consentimiento. Para hacer cumplir esto, la LOPD y el Reglamento
(el desarrollo práctico de la Ley )
– establecen unos mínimos que se deben cumplir y deben detallarse en el
Documento más importante en lo que respecta a la adecuación de la empresa a la LOPD , el Documento de
Seguridad. La LOPD
realmente es un grupo de prácticas de índole técnica, organiza y administrativa
que en resumen son:
1) Tener redactado y accesible al personal el
Documento de Seguridad – donde se detallan todos los procesos que se siguen en
la empresa para cumplir con la Ley
y tratar los datos personales como es debido.
2) Inscripción de ficheros en la Agencia de Protección de
Datos (como ya se ha nombrado)
3) Redacción y aplicación de cláusulas de protección
de datos, en comunicaciones, e-mails, faxes o cualquier tipo de formulario o
soporte cuya finalidad sea la recogida y almacenamiento de información
personal.
4) Gestión de los derechos de las personas sobre sus
datos, incluyendo una serie de respuestas y condiciones que se deben cumplir
para que el cliente/ paciente pueda ejercer sus derechos con una garantías
mínimas de seguridad y buenas prácticas.
5) Control accesos por parte de terceros. Esto es
especialmente sensible cuando se contrada publicidad directa a terceros o se
tiene que hacer una trasmisión de datos personales.
“(…)
Muchas de las empresas que se dedican a esto, lo que hacen es un paripé y al
final ni auditoria ni nada... te ponen que lo han hecho y ya esta. Con tal que
que hayas pagado su factura…”
VERDADERO.
La verdad es que quien hizo esta afirmación tiene buena
parte de razón. Como en todo, hay grandes profesionales que hacen muy bien su
trabajo, pero yo he visto y revisado ya bastantes Documentos de Seguridad y son
poco más de un copia-pega del documento-plantilla que hay en la propia página de
la Agencia,
no están en absoluto adecuados a la propia forma de trabajar de la óptica y
desde luego, ante una inspección no valen para nada, por una razón muy
sencilla: no hay que hacer un documento, lo que hay que hacer es adecuar la empresa y sus procesos de
trabajo parta cumplir con la Ley.
Por eso, si alguien os ofrece haceros la adecuación,
el documento de seguridad por métodos que ahora se llevan mucho, como el
consumo de lo que adelantáis cada año con los impuestos que van a la fundación
tripartita/ fondos destinados a la formación de los empleados, con lo que,
aparentemente sale gratis (que no es así, porque ya lo habéis pagado con
vuestros impuestos), desconfiad, y
os digo porqué: realmente lo que estáis pagando es un curso de formación sobre la LOPD - que está muy bien, no
lo niego, pero cuya validez al ser la mayoría en plataformas on-line es muy
discutible... repito: estáis pagando el curso, no la adecuación de la óptica a la LOPD , lo que pasa es que os dirán que os
"regalan" el documento de seguridad. Hasta ahí bien. Pero si la
persona que lo tiene que desarrollar no tiene varias entrevistas con vosotros,
si no os pregunta qué programa usáis para gestionar el fichero, cómo guardáis
las fichas, si hacéis firmar el consentimiento, si no conoce cómo trabajáis con
los datos personales, si al final no os pone tareas para adecuar realmente la
empresa a la LOPD ,
lo que está haciendo en tres palabras es que os está engañando.
No
nos equivoquemos: adecuar la empresa a la LOPD no es tan fácil, porque
tenemos que asegurar que los datos personales son debidamente tratados, y para
eso la persona a la que estamos pagando debe hacer el esfuerzo de conocer
nuestro negocio y cómo trabajamos con los datos personales y, a la vez,
seguramente debe pedirnos que hagamos modificaciones en nuestro modo de
trabajar, no vale con que nos entregue una carpeta o un disquette y que
nosotros lo pongamos en el primer cajón que veamos, con eso no estamos haciendo
nada y por desgracia más de uno nos daremos cuenta cuando tengamos una
inspección.
“El
mantenimiento "Telefonico" que te ofrecen por 420€ anuales es una
gaita. O lo das a una empresa seria o haces un curso "de verdad" y te
lo haces tu bien hecho.”
VERDADERO.
Recuerda siempre que el Responsable del Fichero, y
por tanto a quien pedirá cuentas la
Agencia de Protección de Datos, eres tú, propietario o
responsable de la óptica, así que asegúrate de la disponibilidad de la agencia
o consultora en la que tengas delegada la gestión de la LOPD – incluyendo sus tarifas
en caso de inspección -, y, como afirma el compañero, asegúrate de que esté
bien hecho.
CONCLUSIONES
Realmente, lo que hay que recordar cuando hacemos
cualquier tratamiento de los datos que identifican a una persona, debemos tener
en mente los principios de la
LOPD :
1) Calidad de los
datos.
2) Información en la
toma de datos.
3) Consentimiento.
- Debemos establecer toda una serie de procesos para
segurar la calidad de los datos que poseemos y, si dudamos de su calidad y no
podemos mejorarla por medios lícitos, ni mantengamos ni desde luego usemos esos
datos.
- Debemos Informar a la persona, cuando estamos
recogiendo sus datos, de porqué los recogemos y cómo vamos a usarlos.
- Debemos tener el Consentimiento de la persona para
recoger y usar esos datos, a veces ese consentimiento podrá ser tácito, a veces
deberá ser expreso.
Espero que estos comentarios y reflexiones haya
servido de ayuda.
Puedes comentar a continuación tus dudas o sugerencias, trataré de contestarte lo antes posible.
lunes, 11 de febrero de 2013
Oferta de San Valentín para la web de tu óptica
¿Alguna vez te han dicho eso de “Estás casado con tu
trabajo”? A mi desde luego, sí, y es que tenemos demasiadas cosas sobre
las que estar atentos. Si quieres que posicionemos tu web con todo el cariño
del mundo, para que quien busque ópticas en tu zona te encuentre a ti, te
interesa esta oferta.
Tu página web por
sólo
300€
(IVA
y mantenimiento no incluidos)
Para ver un ejemplo de cómo podría quedar la página
web de tu óptica, pulsa AQUÍ.
Y si quieres más información al respecto o solicitar
que nos pongamos en contacto contigo para diseñar tu web, pulsa AQUÍ
Espero que esta oferta sea de tu agrado…
viernes, 1 de febrero de 2013
Sitios web para tu óptica: CONSULTA LEGAL SOBRE TIENDA ON-LINE (Mi opinión sobre páginas web, redes sociales y tienda on-line, parte 4)
Para continuar con esta temática, quiero compartir con vosotros una consulta
que he hecho a la Agencia Española
de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) relativa a la venta on-line de
los productos que comercializamos en óptica. Creo que arrojará bastante luz
sobre un asunto que, hasta la promulgación de la Ley y su posterior desarrollo en su Reglamento,
tenía vacíos legales que nos hacían dudar sobre si el terreno que pisábamos era
firme o no.
Voy directamente al
grano, esta fue mi consulta:
Hola buenos días
Mi nombre es Fernando M. Ruiz Corregidor, y soy óptico optometrista
y director técnico de la óptica Alcooptica, sita en la Plaza de la Coronación ,
1 de Alcobendas (Madrid) y quería hacerles una consulta, ya que estamos
estudiando la posibilidad de dar a nuestros clientes la posibilidad de comprar
nuestros productos por internet, y lógicamente queremos cumplir con la Ley del
Medicamento:
Mi pregunta es, el siguiente listado de productos, ¿Se podría
vender por Internet? ¿Bajo qué condiciones?
1) Lentes de contacto/ Lentillas
2) Gafas graduadas completas (montura + cristales/ lentes oftálmicos)
3) Líquidos/ Soluciones para la limpieza y el mantenimiento de las
lentes de contacto
Sólo esos, porque entiendo que productos como gafas de sol y monturas
(sin cristales/ lentes ofátlmicos) no son productos sanitarios y por tanto no
están regulados por la ley del medicamento.
Muchas gracias,
Y esta su respuesta:
La legislación española de aplicación en
materia de productos sanitarios, Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por
el que se regulan los productos sanitarios, indica en su artculo 27.1 f )
que, la venta al público por correspondencia y por procedimientos telemáticos
se ajustará a lo previsto en el artculo 2.5 de la
Ley 29/2006, de 26 de julio.
El artculo 2.5 de la Ley 29/2006,
de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos
sanitarios, establece que “se prohíbe la venta por correspondencia y por
procedimientos telemáticos de medicamentos y productos sanitarios sujetos a
prescripción médica”.
Teniendo en cuenta que las lentes de
contacto (lentillas) y lentes correctoras (graduadas) con o sin montura son
productos sujetos a prescripción médica, no se puede realizar su venta por
procedimientos telemáticos.
En relación con las gafas de sol, si
estas no son correctoras, se trata de un equipo de protección personal y no de
un producto sanitario, por lo tanto quedan bajo el ámbito de aplicación de la
legislación relativa a este tipo de equipos.
Las monturas para lentes correctoras son
accesorios de productos sanitarios.
Un saludo
Me he dado cuenta de que no se ha respondido sobre
el tema de las Soluciones, pero cualquiera que, como yo, trabaje en este
sector, entenderá porqué no me preocupa.
Para mí la respuesta no requiere más explicación que
la recibida, y debo decir que estoy muy gratamente sorprendido y agradecido con
la rapidez y la claridad con la que me han respondido desde la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios.
Sitios web para tu óptica: TIENDA ON-LINE (Mi opinión sobre páginas web, redes sociales y tienda on-line, parte 3)
En esta tercera parte de la serie de entradas que dedicaré a dar mi
opinión sobre web, redes sociales y tienda on-line le toca el turno a la tienda
on-line.
En este último mes he recibido varias consultas de compañeros ópticos
optometristas que están pensando montar una tienda on-line con algunos de sus
productos.
La iniciativa en sí me parece bien. La venta por Internet es una
realidad hoy en día y no para de crecer, así que es subirse a un “carro” que si
pierdes es posible que pierdas parte de tu público potencial.
Dicho esto tenemos que tener en cuenta algunas cosas:
1) Que estemos cumpliendo con la ley. Muchos de los productos que
vendemos en la óptica son productos sanitarios y su venta está regulada por la ley del medicamento.
2) Que estemos dando un servicio adecuado al
cliente. No olvidemos que aunque nos compren por Internet, no dejan de ser
nuestros clientes y debemos hacer lo posible porque estén satisfechos y bien
tratados.
3) Que sea rentable.
En cuanto al punto 1, los productos regulados
por la ley del medicamento, estos son, los productos sanitarios, si no me
equivoco serían:
-
Gafas graduadas completas (ya que incluyen los cristales/ lentes
oftálmicos, que son los que se consideran productos sanitarios)
-
Lentes de contacto.
-
Soluciones para limpieza y mantenimiento de lentes de
contacto, incluyendo gotas humectantes para el ojo.
No estarían regulados por dicha ley productos como
gafas de sol o monturas para graduar, que no incluyesen los cristales/ lentes
oftálmicos, por tanto se pueden vender sin problema por Internet, aunque hay
que cumplir con el conjunto de garantías
al consumidor.
Productos como complementos nutricionales y otros
que se puedan vender en óptica desconozco bajo qué ley se acogen, pero de todos
modos en mi opinión no son productos para vender on-line porque todavía suponen
una venta marginal dentro de la óptica.
Ahora quiero detenerme en detalle en el punto 3, que
dados los tiempos que corren lo debemos analizar con especial cuidado.
¿Es
rentable para mí montar una tienda on-line?
El ejercicio que propongo hacer para valorar esto es
sencillo:
à
La primera condición que debo cumplir es tener un producto muy atractivo para
el consumidor, con mucho tirón de ventas. Más o menos todos sabemos qué marcas
y productos pueden ser, yo no quiero hacer publicidad a ninguna marca. Si tienes
dudas, haz lo posible para aclararlas, accede a datos de venta on-line por
marcas, bien a través de los propios fabricantes/ distribuidores, bien a través
de estudios de mercado disponibles (esta segunda opción para mí es más fiable).
Considero imprescindible aclarar estas
dudas antes de seguir adelante. Es posible que veas que no tienes ese
producto. No pasa nada, una buena alternativa es hacer un buen catálogo/
escaparate on-line. Se pueden hacer cosas muy atractivas que incluso animen a
la compra pero sin que se cierre la compra on-line. Una de mis próximas
publicaciones la dedicaré a esta posibilidad.
à
Una vez confirmado que tienes un producto atractivo, vamos a hacer números:
1) Coje
la facturación que hiciste el año pasado (2012), y calcula un 2 y un 5% de esa
cantidad. Apúntalos. Explicación: estimo que esa puede ser la horquilla
incremental de facturación que hagas
2) Calcula
el margen ponderado de los productos que vas a vender on-line (aquí tienes un
ejemplo sencillo de cómo hacer esto si lo lo sabes hacer: cálculo
del margen de contribución promedio ponderado). Al final tienes que obtener
un porcentaje. Apúntalo.
3) Ahora,
aplica ese porcentaje a las dos cantidades que te han dado como resultado los cálculos
del punto 1. Apúntalas. Explicación: esa será la horquilla de cantidades netas
incrementales que, según mi previsión, obtendrás con la venta on-line.
4) De
esas cantidades tienes que restar cuánto sale la creación y mantenimiento de
una tienda on-line, así como la publicidad que vas a gastar para dar a conocer
tu tienda on-line, y sabrás si tu proyecto es rentable y en qué tiempo se va a
amortizar.
Para faciltar los cálculos del punto 4, aquí os dejo
la oferta que tenemos en Asesvision en cuanto a tienda on-line (os aseguro que
estamos en mercado), así como una previsión razonable de gasto en publicidad:
-
Primer año: 2736€ (incluye
creación, dominio, alojamiento, y mantenimiento mensual)
-
Segundo año: 1800€ (incluye sólo
mantenimiento mensual)
-
Publicidad/ año: 720€ (60€/ mes
en Google Adwords y Facebook Ads principalmente).
Espero que esto os haya servido de ayuda. Si queréis
que repasemos juntos vuestro proyecto, podréis encontrarme en fernando.ruiz@gestores.com
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